A- de 2025
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Carlos Alberto Albarez Roa·Demandado Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio - Fomag
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Alcalá (Valle) y el Juzgado 1 Administrativo del Circuito Judicial de Cartago (Valle).
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que el primer despacho consideró que no era quien debía adelantar el trámite de la acción de tutela, con fundamento en las reglas de reparto previstas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021.
Además de lo anterior, porque ninguna de las autoridades involucradas alegó ni demostró que se incumpliera alguno de los factores de competencia previstos en el Decreto 2591 de 1991 y desarrollados por la jurisprudencia constitucional.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Alcalá para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
Se advirtió a la precitada autoridad que se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 9 de septiembre de 2025 proferido por el Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Alcalá, Valle del Cauca, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Carlos Alberto Álvarez Roa en contra del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG).
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5151 al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Alcalá, Valle del Cauca, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar en relación con la acción de tutela interpuesta por el señor el señor Carlos Alberto Álvarez Roa en contra del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG).
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Alcalá, Valle del Cauca, que se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia.
- CUARTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y a las autoridades involucradas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.